Nuestra privacidad y su precio: Tres legislaciones que permiten la interceptación electrónica permanente sin orden judicial.

 

Como lo hemos recalcado en nuestras columnas sobre Alexa y el caso Cambridge Analytica, la aceleración tecnológica que se ha dado durante los últimos años parece que legitimara la reducción (y casi destrucción) de la privacidad y la prostitución de nuestros datos personales. Una razón se ha esgrimido siempre para ello: Seguridad pública.

Desde la guerra fría y la tensión mundial entre yankees rojos, se crearon sistemas públicos de vigilancia permanente y se legitimaron mediante legislaciones, con base en doctrinas de seguridad nacional. En Estados Unidos, mientras que Yósif Stalin ejecutaba a sus detractores políticos, mediante la «comisión de actividades antinorteamericanas» se vigilaba la correspondencia, las llamadas telefónicas y las reuniones privadas entre personajes «sospechosos» de actividades contra los Estados Unidos. Gracias a este avanzado (para la época) mecanismo de vigilancia, cayeron bajo sospecha Bertolt Brecht, Hannah Arendt, Charles Chaplin, Robbert Opphenheimer, Albert Einstein, John Garfield y una innumerable cifra de artistas, activistas políticos, intelectuales y personalidades que no aprobaban la doctrina norteamericana de seguridad nacionalSi quieres saber más del «macartismo» puedes consultar este link o este vídeo

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Bajo sospecha de comunismo, la Comisión de Actividades «Antinorteamericanas» detuvo, espió y presionó socialmente a grandes personajes de las letras, la cultura o la ciencia. Actores como John Garfield fueron excluidos laboralmente gracias a la presión de esta comisión. Fuente: Razonyrevolucion.org

Gracias a esto, en el mundo se ha vivido una tensión permanente entre protección de libertades y restricción por motivos de seguridad pública. Si bien, en los años 90 decayó esta última doctrina gracias a la perestroika y al fin de la guerra fría, volvió a consolidarse gracias a los ataques al World Trade Center en el año 2001. Por eso, hablaremos de tres legislaciones importantes que permiten la vigilancia de los movimientos o rastros electrónicos de cualquier persona (una de ellas, a cualquier ser humano del planeta) bajo principios de sospecha, legitimadas gracias a atentados terroristas (o sin motivo alguno)

Estados Unidos: La FISA y los extensos tentáculos de la NSA

La Foreign Intelligence Surveillance Act (FISA) es una ley aprobada en 1978 bajo el gobierno de Jimmy Carter, mediante la cual se autorizaba la escucha permanente de llamadas, la interceptación de correspondencia y la obtención de información sobre ciudadanos de los Estados Unidos, o extranjeros con residencia permanente, bajo sospecha de actividades de espionaje, y sin necesidad de una orden judicial emitida por un tribunal. Esto otorgó una herramienta a la NSA (creada en 1952) para vigilar permanentemente a los ciudadanos de los Estados Unidos que tuvieran actividades calificadas como sospechosas y las blindó frente a demandas por violación a la Cuarta Enmienda constitucional, que garantiza la privacidad de la correspondencia en el territorio norteamericano.

En el 2001 su marco de acción se amplió a vigilancia por sospechas de terrorismo mediante la Patriot Act, la cual permitía también el registro de domicilios o viviendas por este motivo, sin ninguna orden judicial previa.

La FISA fue reformada mediante la FISA Amendment Act del 2008, en la cual el congreso (al cual hacía parte el ahora expresidente Barack Obama, quien votó favorablemente a esta ley), la cual legalizó los programas de escuchas ilegales de George Bush y amplió el marco de vigilancia a los correos electrónicos e información sobre movimientos en internet, gracias a la introducción de la sección 702. Esta enmienda creó una cláusula especial mediante la cual se debía someter a la FISA a revisión del Congreso Norteamericano cada 5 años.

4 años después, la FISA fue renovada en medio de una tormenta mediática, y bajo las intensas críticas de Organizaciones No Gubernamentales como la más grande vulneración a la Cuarta Enmienda constitucional.

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La Cuarta Enmienda de la Constitución Norteamericana garantiza que nadie será arrestado, registrado o interceptado sin una causa probable, la cual debe ser verificada por una orden judicial. Fuente: bigfenomeno.com

Gracias a esto, hasta el 2017 la NSA podía vigilar a personas en territorio norteamericano mediante escucha telefónica, interceptación de correos electrónicos, interceptación de correspondencia física y obtención de información sobre los pasos o movimientos en internet de personas bajo sospecha de atentar contra los Estados Unidos o de actos de terrorismo.

No obstante, en febrero de este año (2018), se ha aprobado tal vez la enmienda más  importante que ha tenido la FISA: El Congreso norteamericano, y bajo la sanción del presidente Donald Trump, ha ampliado el marco de acción de la vigilancia electrónica amparada en la FISA a personas que no se encuentren en territorio norteamericano, ciudadanos o no de los Estados Unidos, sin la orden de un órgano judicial, motivada en sospecha de actos contra este país, bajo sospecha de terrorismo (categoría abierta a interpretación) o de representar un peligro. Esta escalofriante extensión de la sección 702 de la FISA, que permite la vigilancia electrónica a nivel mundial, no solamente viola la Cuarta Enmienda de la Constitución Estadounidense, sino que vulnera los tratados internacionales sobre privacidad e información digital, e inclusive legislaciones nacionales como la Constitución Colombiana (Artículo 15) y la Constitución Española (Artículo 18); al mismo tiempo, legitima actividades de la NSA como consolidación de bases de datos con información sobre cualquier persona, las cuales puede transferir a otros organismos del gobierno norteamericano (como el FBI), sin ningún motivo previo.

Gracias a la renovación de la FISA, la información recolectada de la NSA (que ahora pertenecerá a cualquier persona del mundo) puede ser una herramienta de censura (como caída de portales de información) o ser utilizada con objetivos políticos, como vigilancia de actividades de contradictores políticos (de cualquier gobierno a nivel mundial) o para revelar secretos de otros Estados. ¿Gran hermano, eres tú?

Francia y su ley de vigilancia masiva:

En el año 2015, a raíz de los ataques terroristas a la revista «Charlie Hebdo» en París, el parlamento francés aprobó una Ley de Vigilancia que permitía la interceptación de comunicaciones electrónicas y telefónicas sin una orden judicial, el registro de comunicaciones mediante aplicaciones e inclusive la instalación de aplicaciones tipo keylogger que registra la actividad de un computador, siempre y cuando medien sospechas de realizar actividades ilegales.

Fue abiertamente criticada puesto que parecía una introducción a la legislación francesa de la Patriot Act norteamericana de 2001, en la cual se permitían violaciones a la intimidad de los ciudadanos de este país por sospechas de actos terroristas o su planeación.

Claramente su marco de acción contraría la Constitución Francesa de la Quinta República, puesto que persigue sin discriminación y vulnera la privacidad de cualquier ciudadano o extranjero en tránsito por Francia, basados en cualquier acto ilegal (el cual puede ir desde botar colillas de cigarrillos hasta delitos catalogados como tal en un código penal). No ha existido pronunciamiento alguno del Consejo Constitucional Francés al respecto, lo cual permite una amplia vigilancia que puede ser usada -como en Estados Unidos- con fines políticos o represivos.

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La Ley de Vigilancia en Francia causó indignación, canalizada mediante marchas como «24 horas para 1984» promovida por Amnistía Internacional, y mediante causas como #UnFollowMe. Fuente: Gizmodo.org

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Las sentencias del «Investigatory Powers Tribunal» del Reino Unido

Como es bien sabido, en el Reino Unido no se promulgan leyes sino que se consolidan precedentes judiciales sólidos cuya fuerza es la que en países como Colombia o España tendría una ley, salvo que exista una sentencia de la Suprema Corte Inglesa que la modifique o la invalide, por razones de conveniencia o por contrariar precedentes aún más arraigados en la costumbre.

Gracias a ello, en el Reino Unido se ha constituido un tribunal para enjuiciar las resoluciones administrativas y actuaciones de agencias de espionaje británicas, denominado Investigatory Powers Tribunal. En primer lugar, este órgano judicial se constituyó como un garante del derecho a la privacidad de los ciudadanos, residente extranjeros y visitantes del Reino Unido, con base en la bill of rights y los precedentes al respecto de la Suprema Corte del Reino Unido (que son tan antiguos y tan consolidados, que han inspirado -por ejemplo- sentencias sobre protección de derechos en los Estados Unidos)

No obstante, en el 2014 se levantó una ardua polémica puesto que mediante una sentencia el IPT declaró ajustado a los derechos humanos toda actividad de recolección de información efectuada por el GCHQ, órgano principal de espionaje y vigilancia en el Reino Unido, sin orden judicial previa. Es tal la extensión del fallo que se declara legal el uso de información otorgada por la NSA (recopilada gracias a la FISA) mediante bases de datos como PRISM.

Esta decisión fue impugnada en el 2014 por organizaciones no gubernamentales por la transparencia., los derechos humanos y la protección de la privacidad como Liberty, Privacy International y Amnistía Internacional, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Casualmente, desde esa fecha se promovió el referendo para la separación del Reino Unido de la Unión Europea, el cual terminó en el denominado brexit. Por lo tanto el TEDH no tendría competencia para corregir la sentencia del IPT y ajustarlo a los derechos humanos. Con esto, las agencias británicas de espionaje tienen carta blanca para iniciar una era abierta de colaboración con la NSA y recopilar datos gracias a sus propias normas.

¿Nuestra privacidad vale algo para los gobiernos?

Con estas tres legislaciones (y otras agencias gubernamentales que se amparan en vacíos legales, como el sistema de espionaje Esperanza de la Fiscalía General de la Nación colombiana, como fue revelado por Privacy International), el mensaje que se ha transmitido alrededor del mundo es que la privacidad de las personas vale únicamente cuando no contraríe las voluntades gubernamentales (que repetimos, como sucede con el sistema de crédito social chino, son políticas). Bajo preceptos de confianza, seguridad y lucha contra el terrorismo, se ha buscado limitar la privacidad y hacer transparentes los secretos de todos los ciudadanos, mientras los gobiernos resguardan y hacen cada vez más secretos sus operaciones.

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La política gubernamental de ampliación en la vigilancia vulnera los derechos humanos, puesto que si bien la privacidad no es absoluta, debe ser un juez imparcial quien decida si existe justificación para recaudar información, lo que generalmente se utiliza para delitos electrónicos o para visualización de grandes redes criminales. Fuente: Banco de imágenes de Silicium Law.

Esto no sería mal visto o no sería contrario a los derechos humanos, sino fuese porque cada vez los motivos para revelación de secretos y captura de información de las personas se hace con menores motivos (hasta el punto de desaparecerlos, como en Estados Unidos), con lo cual no solamente se interceptan comunicaciones de personas que han cometido delitos (como en el caso del narcotráfico o nexos de la política con el crimen, en Colombia), sino que se involucra cualquier persona del común que, por su opinión política, puede ser perseguida y mostrada como «sospechosa», sin mayores cargos. Este tipo de normas siempre muestran que la privacidad cada vez vale menos y es innecesaria frente a propósitos gubernamentales, que en algunos casos implica encubrir escándalos o «mostrar resultados». Por otra parte, factores como la hiper-tecnologización de la vida humana agravan este factor, puesto que permiten capturar información total sobre la vida de un ser humano, gracias a sus redes sociales, correos, búsquedas por internet e inclusive por el contenido que consuman.

Cada vez el valor de la privacidad es menor y el costo para las doctrinas de la «seguridad» es mayor.

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